Un tribunal estadounidense declara nulas las tarifas de Trump (con el texto completo de la sentencia)

Trump habló el 28 de mayo de 2025 en la Oficina Oval de la Casa Blanca en Washington Andrew Harnik/Getty Images

El 28 de mayo de 2025, el Tribunal de Comercio Internacional de EE. UU. (Court of International Trade, CIT) emitió un importante fallo sobre la cuestión del poder del presidente de EE. UU. para imponer aranceles de manera unilateral. Este fallo señala claramente que los aranceles globales y represivos impuestos por el presidente sobre productos de varios países, incluyendo a China, en virtud de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (International Emergency Economic Powers Act, IEEPA) son "ilegales". Si esta decisión entra en vigor, los aranceles impuestos sobre productos chinos basados en la IEEPA perderán su fundamento legal y, teóricamente, deberían ser revocados, aliviando directamente la carga arancelaria sobre los productos chinos exportados a EE. UU. y beneficiando a las empresas exportadoras chinas relacionadas. Actualmente, la Casa Blanca ha declarado que apelará esta decisión, lo que podría complicar la eficacia de la orden administrativa original.

I. Antecedentes del caso y controversia central

La demanda se deriva de una serie de medidas arancelarias recientes tomadas por Trump. El más representativo de ellos son las medidas arancelarias globales anunciadas por el Presidente mediante decreto ejecutivo el 2 de abril de 2025, en respuesta a la llamada emergencia nacional. La medida impone aranceles universales a las importaciones procedentes de casi todos los interlocutores comerciales y establece tasas de represalia más elevadas para determinados países, incluida China (en adelante, "aranceles globales y de represalia"). Además, el Presidente ha impuesto anteriormente medidas arancelarias específicas contra países como Canadá, México y China para combatir el flujo de inmigrantes ilegales y los envíos transfronterizos de opioides sintéticos ("aranceles relacionados con el tráfico").

El gobierno de Trump sostiene que su autoridad para imponer estos aranceles proviene de la IEEPA, argumentando que el déficit comercial de Estados Unidos y las acciones de ciertos países constituyen una "amenaza inusual y extraordinaria", lo que activa un estado de emergencia nacional y otorga al presidente el poder de tomar medidas económicas correspondientes. El gobierno también citó el reconocimiento de los aranceles de emergencia por parte de los tribunales durante la administración del presidente Nixon en 1971 (es decir, el caso United States v. Yoshida Int’l. Inc., en adelante, el caso Yoshida II) como precedente, y sostiene que si las razones del presidente para declarar un estado de emergencia son legales es una "cuestión política", en la que el tribunal no debe intervenir.

Sin embargo, un grupo de pequeñas empresas, entre ellas la importadora de vino V.O.S. Selections, y doce gobiernos estatales, encabezados por Oregón, presentaron una demanda en su contra. Los demandantes argumentaron que las acciones del Presidente excedieron la autoridad otorgada por la IEEPA, que la IEEPA no le otorgó al Presidente poderes arancelarios tan amplios e irrestrictos, y que el estado actual del comercio y las acciones específicas de cada país no cumplían con los criterios estrictos de "amenazas inusuales y excepcionales" establecidos por la IEEPA. Señalan que la Constitución de los Estados Unidos delega el poder de imponer aranceles principalmente al Congreso.

II. Decisiones clave del tribunal y fundamentos legales

En la opinión del fallo (Slip Op.25-66) emitida por el Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos el 28 de mayo de 2025, se realizó un profundo análisis legal sobre el poder arancelario del presidente y, finalmente, se apoyó el argumento principal de la parte demandante.

eyy7YruLfTUtPRt1VzGka7XvRAgGVmStHA1UTV09.pngextraído de la parte "Conclusion" del dictamen original.

  1. El alcance de la autorización de IEEPA y la legitimidad de los "aranceles globales y de represalia"

En primer lugar, el tribunal examinó el alcance del mandato de la IEEPA. La sentencia deja claro que la IEEPA no otorga al presidente autoridad "ilimitada" o "sin restricciones" para imponer aranceles. El tribunal sostuvo que la autoridad arancelaria afirmada por el Presidente en este caso, "sin ninguna limitación en cuanto a la duración o el alcance", estaba "más allá de cualquier autoridad arancelaria otorgada al Presidente por la IEEPA". Como resultado, el tribunal dictaminó que los "aranceles globales y de represalia" impuestos por el presidente en virtud de la IEEPA eran "ultra vires y contrarios a la ley".

En particular, el Tribunal distinguió entre la IEEPA y la Ley de Comercio con el Enemigo (TWEA). El Tribunal recordó la historia legislativa de la IEEPA, señalando que cuando el Congreso aprobó la IEEPA en 1977, su propósito era limitar el ejercicio de los poderes económicos de emergencia por parte del Presidente en tiempos de paz, haciéndolo más limitado en su alcance y sujeto a más restricciones de procedimiento que la TWEA. Si bien Yoshida II confirmó la imposición por parte del presidente Nixon de un recargo temporal del 10 por ciento a la importación en respuesta a la crisis de la balanza de pagos en el marco del TWEA, el Tribunal enfatizó que los aranceles en Yoshida II eran claramente temporales y limitados, y que el contexto legal en ese momento era diferente de la intención legislativa del IEEPA. El tribunal dictaminó que los aranceles globales del presidente Trump carecen de tales limitaciones inherentes, y su amplitud y duración potencialmente indefinida son inconsistentes con el espíritu de la legislación de IEEPA.

2 La relación entre la cláusula de "Amenazas anormales y especiales" y los "aranceles relacionados con el tráfico"

En cuanto a los "aranceles relacionados con el tráfico", el tribunal analizó en detalle la disposición del artículo IEEPA 1701(b). Esta cláusula exige que el presidente ejerza los poderes otorgados por el IEEPA con el objetivo de "hacer frente a" un estado de emergencia nacional declarado que constituya una "amenaza inusual y extraordinaria", y no debe ser utilizada para otros fines.

El Tribunal dictaminó que los "aranceles relacionados con el tráfico" del Presidente contra países como Canadá, México y China, aunque supuestamente estaban diseñados para hacer frente a la amenaza que representaba el fracaso de estos países para detener eficazmente el tráfico de drogas, la inmigración ilegal y otros problemas, carecían de un vínculo directo y sustantivo entre los aranceles que aceptó y la amenaza que pretendía abordar. El tribunal señaló que la imposición de aranceles en sí misma no "responde" directamente a la inacción de un gobierno extranjero a nivel de aplicación de la ley. La sentencia sostuvo que el uso de los aranceles como medio de "presión" o "apalancamiento" en un esfuerzo por obligar a otros países a cambiar sus políticas internas o fortalecer la aplicación de la ley no equivale a una "respuesta" directa a una amenaza identificada, como lo exige la IEEPA. Esta forma indirecta y estratégica de presión va más allá del propósito del artículo 1701(b) de la IEEPA.

3 Poder constitucional del Congreso

El tribunal reafirmó en su fallo el principio fundamental de separación de poderes en la Constitución de los Estados Unidos. Según la cláusula octava del artículo primero de la Constitución de los Estados Unidos, el poder de regular y recaudar impuestos principalmente pertenece al Congreso. Aunque el Congreso puede delegar parte de su poder al poder ejecutivo mediante legislación, esta delegación debe ser clara y estar limitada. El tribunal consideró que la interpretación y aplicación de la IEEPA por parte del presidente en este caso constituía una erosión del poder legislativo central del Congreso.

*El texto completo de la sentencia se puede ver en:

Tres, efectos posteriores

Esta decisión del Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos, si se mantiene finalmente, tendrá un impacto directo y profundo en el esquema arancelario entre Estados Unidos y China, especialmente en relación con los múltiples aranceles impuestos a los productos chinos por el gobierno de Trump en virtud de la IEEPA.

1 Los aranceles IEEPA actuales sobre los productos chinos enfrentan la expiración.

Según la sentencia, los dos tipos principales de aranceles impuestos a los productos chinos por el presidente en virtud de la IEEPA han sido considerados ilegales:

  • "Aranceles relacionados con el tráfico": El presidente emitió una Orden Ejecutiva (Orden Ejecutiva 14195) el 1 de febrero de 2025, imponiendo un arancel ad valorem del 10% a los productos chinos en respuesta al fracaso de China para bloquear adecuadamente el flujo de precursores químicos del fentanilo, y luego aumentó la tasa al 20% el 3 de marzo de 2025 (Orden Ejecutiva 14228), según documentos judiciales. El tribunal dictaminó que tales aranceles no cumplían con el requisito del Artículo 1701(b) de la IEEPA de que las medidas deben estar "diseñadas para abordar" una amenaza específica.
  • "Aranceles globales y de represalia": La orden ejecutiva de Trump del 2 de abril de 2025 (Orden Ejecutiva 14257) impone aranceles universales del 10% a casi todos los países comerciales, incluida China. En el caso de China, la orden y los ajustes posteriores, como la Orden Ejecutiva 14259 del 8 de abril de 2025 y la Orden Ejecutiva 14266 del 10 de abril de 2025, aumentaron brevemente la tasa impositiva específica del 34% al 84% e incluso al 125%. Aunque el 12 de mayo de 2025 (Orden Ejecutiva 14298), como resultado de las consultas con China, este arancel alto objetivo se redujo temporalmente al 10% (por un período de 90 días, además del arancel general original del 10% y el 20% "arancel relacionado con el tráfico"), la base de su legalidad también fue cuestionada por los tribunales. El tribunal sostuvo que tales tarifas estaban fuera del alcance de la autoridad de la IEEPA porque carecían de un alcance claro y límites de mandato.

Si esta sentencia entra en vigor, los aranceles impuestos a los productos chinos basados en la IEEPA mencionados anteriormente (ya sean del 10% de manera general, del 20% de manera específica, o incluso los aranceles represivos que llegaron a ser del 125%) perderán su fundamento legal y, en teoría, deberían ser eliminados. Esto aliviará directamente la carga arancelaria sobre los productos chinos exportados a Estados Unidos, lo que será beneficioso para las empresas exportadoras chinas relacionadas.

2 Limitar el uso unilateral de herramientas arancelarias de Estados Unidos contra China

El núcleo de esta sentencia radica en la estricta limitación judicial del poder del presidente para imponer medidas arancelarias demasiado amplias de manera unilateral bajo la IEEPA:

  • Justificaciones limitadas para la "emergencia nacional": En el futuro, si la administración estadounidense quiere utilizar amplias "emergencias nacionales" (por ejemplo, déficits comerciales, políticas industriales específicas, etc.) como excusa para imponer aranceles a gran escala a los productos chinos a través de la IEEPA, se enfrentará a umbrales legales más altos y a una revisión judicial más estricta. El Tribunal dejó claro que la cuestión del déficit comercial era más apropiada para los mandatos que no eran de emergencia con procedimientos y limitaciones específicos, como el artículo 122 de la Ley de Comercio Exterior de 1974.
  • La base legal de la estrategia de "presión" se debilita: los tribunales han cuestionado el uso de aranceles como herramientas de "presión" o "palanca" para obligar a China a cambiar su política en áreas no comerciales (como el problema del fentanilo), argumentando que esto no cumple con el requisito de inmediatez de la IEEPA "destinada a abordar" amenazas, limitando así el uso de la IEEPA por parte del gobierno de EE. UU. como una herramienta de presión total contra China. A pesar de esto, es importante tener en cuenta los siguientes puntos:

La Casa Blanca ha declarado que apelará la decisión. La resolución del tribunal de apelaciones será la decisión final. Durante el período de apelación, la validez del antiguo decreto ejecutivo podría volverse compleja. Incluso si el camino de la IEEPA se ve obstaculizado, el gobierno de EE. UU. aún podría buscar otras bases legales para imponer restricciones comerciales a China, como a través de legislación del Congreso, aplicando de manera más estricta la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974 (aunque esta también enfrenta dudas de cumplimiento), la Sección 232 (investigación de seguridad nacional) o medidas de salvaguardia comercial como antidumping y subvenciones.

En resumen, la consecuencia inmediata de la sentencia del Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos del 28 de mayo de 2025 puede ser la reducción de la presión arancelaria sobre los productos chinos. La cuestión más importante es la restricción legal al uso unilateral de la IEEPA por parte del presidente de EE.UU. como herramienta de guerra comercial contra China. Sin embargo, habida cuenta de las cuestiones de seguimiento, como el proceso de apelación, la dirección de los aranceles sigue siendo incierta.

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FafafaIn2024vip
· 05-29 05:03
¡Mantente firme y agárrate, To the moon! 🛫
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